En sentencia de 20 de mayo de 2008 (9 AZR 382/07), el Noveno Senado del BAG se ocupó de la eficacia de una cláusula acordada formalmente. El Senado sostuvo que en el caso de una cláusula que no sólo prescribe la forma escrita para los cambios en el contrato, sino que también exige que los cambios en el contrato se hagan por escrito, esto generalmente no puede ser renunciado por un acuerdo que no cumpla con el Forma escrita. Por lo tanto, una cláusula de forma escrita “doble” puede impedir que se produzca un ejercicio empresarial. Sin embargo, según el artículo 305b del Código Civil alemán (BGB), los acuerdos contractuales individuales tienen prioridad sobre las condiciones generales. Este principio de prioridad de los acuerdos contractuales individuales prevalece también sobre las cláusulas escritas constitutivas efectivas. Esto también se aplica a una cláusula de doble forma escrita. Por lo tanto, una cláusula de doble forma escrita, que está sujeta al control de las Condiciones Generales de Venta, es ineficaz debido a la existencia de una desventaja irrazonable de acuerdo con el artículo 307, párrafo 1, frase 1 del BGB, si está redactada de tal manera que proporcione la otra parte del contrato la impresión de que se hizo una cláusula oral después de la celebración del contrato. El acuerdo es inválido en contra de lo dispuesto en el artículo 305b del Código Civil alemán (BGB). El carácter engañoso de la situación jurídica contenida en la cláusula demasiado amplia puede impedir que la parte contractual haga valer los derechos que le corresponden. La cláusula engañosa sobre la forma escrita es, en general, ineficaz. No puede mantenerse para un ejercicio empresarial porque éste no representa en sí mismo un acuerdo contractual individual en el sentido del artículo 305b del Código Civil alemán (BGB): La prohibición de una reducción válida derivada del artículo 306 (2) del Código Civil alemán El código (BGB) se aplica a los términos y condiciones generales.