En caso de conflicto entre la empresa y el comité general de empresa o el comité de empresa sobre si se debe constituir un consejo de supervisión en una GmbH que aún no ha tenido un consejo de supervisión de acuerdo con las disposiciones de la Tercera Ley de Participación, este debe decidirse de acuerdo con una resolución del Séptimo Senado del 16 de abril de 2008 ( 7 ABR 6/07 ) La elección de los miembros del consejo de supervisión de los empleados está sujeta a un procedimiento de estatus de acuerdo con el artículo 27 de la EGAktG y el artículo 98. Artículo 1 de la AktG ante el tribunal regional exclusivo. El artículo 98, apartado 1, de la AktG sólo regula expresamente el caso en el que haya dudas o dudas sobre las normas jurídicas según las cuales se compone el consejo de supervisión. La disposición, que sólo se aplica directamente a las sociedades anónimas, no establece explícitamente si el procedimiento de estatus debe realizarse también si no está seguro de que la empresa necesite siquiera formar un consejo de supervisión. Sin embargo, el significado y la finalidad de las disposiciones del artículo 96, apartado 2, de los artículos 97 a 99 de la AktG y de la referencia en el artículo 27 de la EGAktG implican la necesidad de un procedimiento de estatus previo para aclarar la cuestión de si una GmbH que aún no ha tenido un El consejo de supervisión debe tener un consejo de supervisión que se formará de conformidad con la ley de participación de un tercio. En tal caso, la elección de los miembros del consejo de supervisión de los empleados sólo se permitirá después de que se haya llevado a cabo el procedimiento de estatuto. Si la elección se realiza sin trámite de estatus previo, es nula.