Terminación parcial

Según el artículo 4f, apartado 1, frase 1 de la BDSG, los organismos públicos y privados que recopilen, procesen o utilicen datos personales automáticamente deben designar un delegado de protección de datos.

Confirmando la jurisprudencia anterior del Tribunal Federal del Trabajo, el Noveno Senado resolvió en su sentencia del 13 de marzo de 2007 (9 AZR 612/05) que la disposición de la BDSG sólo regula el nombramiento unilateral de un delegado de protección de datos. Debe separarse la base contractual en virtud de la cual la persona a designar asume la obligación contractual de asumir la función de delegado de protección de datos. Para un empleado, esta suele ser la relación laboral. Si el empleado acepta su nombramiento, sus derechos y obligaciones contractuales laborales también se ampliarán para incluir el alcance de las funciones del delegado de protección de datos.

La puesta en servicio generalmente no está cubierta por el derecho de dirección del empleador. Según el artículo 4f, apartado 3, frase 4, primera mitad de la frase de la BDSG, el nombramiento como responsable de la protección de datos puede revocarse de conformidad con el artículo 626 del BGB. Si la actividad del delegado de protección de datos forma parte del ámbito de funciones del empleado en virtud del contrato de trabajo, la revocación del nombramiento sólo podrá revocarse efectivamente con la terminación parcial simultánea de la tarea especial adeudada en virtud del contrato de trabajo. La relación contractual básica y el nombramiento según la BDSG están indisolublemente ligados. Aquí se permite la rescisión parcial como excepción. La tarea especial no guarda relación interna con los demás derechos y obligaciones derivados de la relación laboral. Por lo tanto, su eliminación no implica una interferencia unilateral y significativa en el orden y la estructura de equivalencia de toda la relación laboral. La posibilidad de rescisión parcial también es necesaria debido a la prohibición de discriminación del artículo 4f, apartado 3, frase 3 de la BDSG. Sería una desventaja que la revocación del nombramiento sólo pudiera realizarse mediante aviso de terminación o terminación de la relación laboral. En ese caso, toda la relación laboral se vería comprometida únicamente por su actividad como delegado de protección de datos.